
• Prohibir la difusión indebida de información sensible bajo custodia pública.
Blindar la información sensible de las víctimas en Puebla y frenar la revictimización para proteger la dignidad, intimidad y derechos humanos de las personas afectadas, es un deber y una obligación de todos los servidores públicos.
La iniciativa que busca sumar el artículo 38 Bis a la Ley de Víctimas del Estado de Puebla, responde a la obligación constitucional de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, particularmente de quienes han sido víctimas de delitos o violaciones a sus derechos.
“El dolor de las víctimas, no es material de exhibición. Detrás de cada carpeta, de cada fotografía, de cada video o de cada registro, hay personas, hay familias, hay seres queridos. Hay historias que ya fueron marcadas por la violencia y que no tendrían por qué volver a ser lastimadas, y menos por quienes están obligados a protegerlas”, subrayó Susana Riestra.
Por ello, se busca la prohibición expresa para que las y los servidores públicos, difundan, publiquen, compartan, utilicen o inutilicen ilícitamente información o material relacionado con víctimas, cuando se encuentre bajo su custodia o tengan acceso a él por razones inherentes a su cargo.
“Ojalá esta legislatura se comprometa a sacar adelante a la brevedad reformas trascendentales para la protección de las víctimas, que muchas y muchos compañeros diputados hemos impulsado de la mano de la ciudadanía. No podemos permitir que el sistema de justicia sea la fuente de un nuevo daño. Tutelar la privacidad es, en esencia, tutelar la humanidad de las víctimas”, sentenció.
El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a responsabilidades administrativas y civiles, cuando los hechos puedan constituir un delito, fortaleciendo así la finalidad protectora de la Ley de Víctimas y el principio de no revictimización.
Finalmente, Susana Riestra precisó que esta iniciativa se complementa con la propuesta presentada en noviembre del 2024 para incorporar en el Código Penal del Estado el tipo penal basado en la denominada “Ley Ingrid”, y experiencias normativas en otras entidades federativas, para cerrar un vacío legal en la Ley de Víctimas del Estado de Puebla.
