Buscan en Puebla armonizar Ley Alina, pues la diputada, Celia Bonaga, presentó esta propuesta. La Ley Alina establece como causa de justificación la legítima defensa cuando una mujer sea víctima de violencia.

Durante la sesión ordinaria, la legisladora de Acción Nacional destacó el caso de Aliña Mariel Narciso en Baja California, pues “es el paradigma de la injusticia que pretendemos erradicar en Puebla”.

La panista indicó que Alina, en un acto de supervivencia, tras ser agredida y encañonada por su pareja, fue sentenciada injustamente a 45 años de prisión, sin embargo, el juez de origen ignoró el historial de violencia sistemática y los golpes físicos que ella presentaba, calificando su defensa como excesiva.

Este caso, indicó Bonaga Ruíz, demostró que el criterio judicial tradicional es insuficiente para comprender la dinámica de la violencia de género. Afirmó que gracias a la lucha social y a la indignación ciudadana, el estado de Baja California aprobó por unanimidad en agosto de 2023 la reforma conocida como Ley Alina.

Esta propuesta establece la presunción de legítima defensa y prohibió la sanción por exceso cuando la víctima actúe bajo miedo o terror, de forma que con ella se realizaron diversos ajustes a la impartición de justicia de este tipo de casos en el estado del norte de México.

En Tamaulipas armonizó su legislación el pasado mes de mayo, al reconocer que la respuesta de una mujer violentada no puede medirse con la misma vara que una riña entre iguales; sin embargo, la protección no debe esperar a la etapa de juicio, pues esta reforma establece que la obligación de actuar con perspectiva de género vincule directamente a la FGE desde la articulación de la carpeta de investigación 

Es en la etapa de procuración de justicia donde muchas veces inicia  la revictimización, por ello los agentes del Ministerio Público deben estar obligados por ley a investigar los antecedentes de violencia familiar o de género antes de formular una imputación por exceso en la legítima defensa evitando que mujeres inocentes pasen la cárcel 

El Código Penal de Puebla requiere una armonización normativa en esta materia, pues al momento los artículos 25 y 26 del Código Penal establecen disposiciones generales sobre la legítima defensa que no incorporan expresamente la obligación de analizar el contexto de violencia previa, principalmente en casos de género.